Los tribunales obligan a todas las empresas del sector contact center a aplicar la sentencia del TS por el “caso Transcom”.
En junio del año pasado, el Tribunal Supremo daba la razón a UGT en la demanda que que el sindicato interpuso en solitario contra la empresa de contact center Transcom. Previamente, la Audiencia Nacional dio la razón a UGT al reconocer “el derecho de los trabajadores de Transcom a que la concreción horaria de la reducción de jornada por guarda legal se disfrute sin más requisitos o limitaciones que las que aparecen contempladas en los artículos 32 y 33 del Convenio Colectivo de Contact Center, y en consecuencia, sin que la empresa les pueda exigir que dicha concreción horaria se realice obligatoriamente dentro de su jornada ordinaria diaria”.
Ante esta sentencia, algunas empresas de contact center consideraron, equivocadamente, que la cosa no iba con ellas y que la aplicación de lo expresado en la sentencia sólo afectaba a Transcom. Ante esta situación, UGT demandó a la representación empresarial al completo (ACE) y los tribunales han vuelto a darnos la razón. Por tanto, la sentencia es firme y todas las empresas del sector deberán asumir este derecho que conseguimos en convenio y que han avalado los jueces.
Desde UGT estamos satisfechos de la victoria conseguida para todos los trabajadores y trabajadoras del sector, que consolida una mejora sobre el Estatuto de los Trabajadores, que fue lograda en el Convenio Colectivo que sigue vigente y a la que, además, no pensamos renunciar en la negociación actual del nuevo convenio.