Un principio de acuerdo que pone su principal acento en dotar de negociación colectiva a miles de personas trabajadoras en el ámbito estatal que en la actualidad no disponen de ningún marco regulador en su actividad laboral.
El primer convenio estatal de Empresas de Servicios Auxiliares que se denominara I convenio estatal de servicios auxiliares de información, recepción, control de accesos y comprobación de instalaciones.
Como aspectos a destacar en el ámbito de la negociación detallamos los siguientes:
⇒En lo concerniente a su ámbito funcional queda enmarcado en lo dispuesto en lo señalado a tales efectos en el artículo 6 de la Ley 5/2014 de 4 de abril. Esta situación lleva a focalizar y concretar las actividades reguladas que ya desde su preámbulo se considera con exactitud que no deben formalizarse como intrusitas de otro tipo de actividades ni vinculadas al denominado ámbito de los multiservicios.
⇒Incorpora cláusula de subrogación de personal que viene a mejorar sustancialmente y pese a la doctrina Somoza el mantenimiento del empleo ante los cambios de titularidad de empresas en sus distintos clientes, situación que no se producía en esta actividad y que viene a dar solución a una reclamación histórica del colectivo de personas trabajadoras adscritas laboralmente a esta actividad.
⇒Resuelve mediante clausula ad personam la no pérdida de condiciones más favorables concurrentes en las personas trabajadoras ante una actividad totalmente atomizada y que definitivamente queda regulada convencionalmente.
⇒Con una vigencia de tres años incorpora incrementos salariales basados en IPC así como la expresa intención de incorporar en julio del año 2022 un salario base de 1000 euros mensuales con independencia de lo que pueda disponer el Gobierno sobre incrementos o no del SMI.
⇒Reduce la Jornada de Trabajo en forma progresiva durante su vigencia hasta las 164 horas mensuales En igual forma mejora las licencias retribuidas en base a la jornada realmente programada, así como resuelve en forma más beneficiosa para el colectivo los posibles defectos de jornada. Sitúa con claridad el disfrute de 31 de vacaciones así como su retribución basada en el promedio de los pluses variables que se perciban en los últimos doce meses.
⇒Avanza en conceptos de igualdad, registro de jornada y deconexion digital elementos que unidos a otros aspectos no menos importantes como situar con claridad la actividad del sector tanto en el ámbito público como privado partirá desde la concertación social mediante la creación del primer observatorio específico de servicios auxiliares en el marco estatal.
Desde el Sindicato de Seguridad Privada y Servicios Auxiliares de FESM-CUGT conjuntamente con los respectivos delegados de servicios auxiliares se pone así la primera piedra sobre una reivindicación que se ha llevado a cabo durante un largo espacio de tiempo y que permite la construcción de un sector laboral que aglutina a miles de personas trabajadoras y que necesita imperiosamente una mayor visibilidad y respeto en su ámbito laboral cuya consecución venía ligada a disponer de un convenio colectivo estatal que verá la luz definitiva en los próximos días.