El pasado 30 de septiembre se celebró el juicio sobre el plus de distancia en los Paradores de Turismo, ahora hemos recibido la sentencia en la que el juez da la razón al conjunto de la plantilla de la empresa pública.
Breve Resumen de la Sentencia:
En el convenio de Paradores de Turismo, en su artículo 37 sobre el Plus de Distancia, se establece que debe ser abonado cuando el Parador se encuentre fuera del casco urbano, o cuando el domicilio de la persona trabajadora esté fuera del casco urbano, en una cuantía de 0,11 € por kilómetro (2018), sin computar los dos primeros kilómetros iniciales del recorrido entre el domicilio de la persona trabajadora y el Parador correspondiente.
Desde la sección sindical estatal de UGT siempre hemos defendido que dicho plus de distancia debe de cobrarse tal y como hemos solicitado ante los Tribunales. de Justicia
Desde UGT desconocemos si la empresa va a recurrir, para lo que tiene 5 días para hacerlo, pero consideramos que la primera batalla ya la hemos ganado después de tanto tiempo trabajando y luchando por ello, y es un placer para nosotros poder trasladar noticias como estas, esperando que podáis transmitir al conjunto de la plantilla lo más importante de todo este proceso.