UGT valora positivamente este convenio, que mejora temas fundamentales y que formaban parte de nuestra reivindicación, estableciendo no solo mejoras salariales sino también sociales.
El pasado día 24 de julio de 2017, tuvo lugar la última reunión de la Comisión Negociadora del III Convenio de Supercor, donde finalmente procedió a la firma de dicho Convenio, aunque se ha emplazado a la firma institucional a partir del día 12 de septiembre en un plazo no superior a 10 días.
En este Convenio se han conseguido importantes mejoras, que han permitido recuperar algunas de las condiciones laborales perdidas durante la época de crisis.
Desde la UGT teníamos claro que había ciertas líneas de la negociación que no debíamos sobrepasar y temas fundamentales para nosotros a la hora de poder firmar el Convenio.
Las principales mejoras introducidas en el Convenio son las siguientes:
- Salario: Subida del 6.5% en 4 años. (2017-2.5%, 2018-1.25%, 2019-1.25%, 2020-1.5%).
- Jornada: Se establece una jornada de 1792 horas para 2018 y 2019, y de 1784 horas para 2020. En lugar de las 1.800 actuales.
- Domingos y festivos: Se reduce el porcentaje de domingos y festivos a trabajar, quedando de la siguiente manera:
2018 y 2019 – 65%
2020 – 60%
- Descansos de calidad: Apertura no generalizada- 5 sábado + domingo y 5 domingo + lunes.
Apertura generalizada: 2 sábado + domingo, 3 sábado+domingo y 5 domingo + lunes.
- Ascensos: Se trataba de una reivindicación histórica por parte de UGT.
El ascenso del Grupo IV al III se producirá por el transcurso del tiempo, que se ha fijado en 3 años, y se aplicará a partir del 1 de enero de 2018.
- Compensación y absorción: Se trata de otro de los puntos claves en la reivindicación de UGT.
Se excluye de la compensación y absorción el complemento personal 2013(CP13) así como las cantidades generadas en la disposición transitoria tercera del anterior convenio colectivo de SUPERCOR S.A . 2013-2016 y que dieron lugar al salario base personal (SBP).Así mismo tendrán carácter de no compensable y absorbible los complementos de puesto de trabajo.
- I.T: Se mejora la I. T de la siguiente manera:
Se complementa el 100% del salario grupo más salario base personal desde el primer día de la baja en los casos de tratamientos oncológicos (quimioterapia y radio) y diálisis.
También se complementará el 100% del salario base en caso de enfermedad común con hospitalización, desde el primer día de la baja y hasta que dure la hospitalización.
- Excedencias: Se podrá solicitar una excedencia con derecho a reserva de puesto de trabajo y cotización a la seguridad social en los términos legalmente establecidos, de entre un mes y seis meses, para la atención de un familiar de hasta primer grado de consanguinidad o afinidad.
- Permisos no retribuidos: Los empleados podrán disfrutar de una única licencia al año sin retribución de hasta 30 días continuados al año y con un mínimo de 2 días, cuando el motivo de la solicitud de la misma sea la atención a familiares de primer grado por consanguinidad y cónyuge o pareja de hecho legalmente reconocida, que se encuentren sometidos a internamiento hospitalario.
- Licencias retribuidas: Se establece la posibilidad de disfrutar el permiso por hospitalización de parientes Hasta el segundo grado de afinidad o consanguinidad, no desde el momento en que se produzca la hospitalización, sino en días completos en fecha posterior a la del hecho causante y mientras perdure la hospitalización.
Desde la UGT valoramos positivamente este convenio, que mejora temas fundamentales y que formaban parte de nuestra reivindicación estableciendo no solo mejoras salariales sino también sociales.