Medidas a tomar en ADIF durante los desplazamientos con vehículos

Sabiendo que este tema inquieta especialmente a todas las trabajadoras y trabajadores que para el cumplimiento de su funciones deben desplazarse en vehículo propio de Adif o vehículos de empresas contratistas, desde la UGT queremos recordaros las medidas que ha publicado la empresa, en su Nota Interna de 26 de enero de 2021, en referencia a las recomendaciones para los desplazamientos con vehículos:

  • Como norma general, los trabajadores que necesiten desplazarse por motivos laborales en un vehículo de carretera lo harán preferentemente, cuando la naturaleza de la actividad laboral lo permita, minimizando en lo posible los tiempos de desplazamiento, favoreciendo la ventilación natural y ocupando el menor número de plazas en la medida que resulte viable en función de los medios disponibles. En cualquier caso, ha de respetarse la distancia de seguridad establecida entre los ocupantes. Así mismo, todos los ocupantes del vehículo habrán de hacer uso de mascarillas EPI (FFP2) cubriendo obligatoriamente nariz y boca.
  • Para los vehículos con características técnicas especiales, como en el caso de vehículos pesados, furgonetas, vehículos o maquinaria de vía, etc., igualmente, como norma general, deberán considerarse las mismas recomendaciones mencionadas anteriormente respecto de los vehículos de carretera. Cabe incidir que el uso de mascarillas EPI (FFP2) cubriendo nariz y boca es de carácter obligatorio también para los ocupantes de estos vehículos.
  • Es igualmente necesario higienizar con papel desechable y producto Virucida aquellas partes de mayor contacto de los vehículos: volante o mandos del vehículo, freno de mano, manijas de puertas, cinturón de seguridad, asientos, control de equipo de sonido, mandos de la calefacción, etc. Para realizar esta higienización deben emplearse guantes de protección.
  • Como medida de protección para los trabajadores, con carácter general, no se permitirá la subida a los vehículos corporativos de Adif / Adif-AV a ningún personal ajeno a ambas entidades, a menos que éstos también cumplan con las especificaciones recogidas en estas normas.
  • De igual modo, ningún trabajador de Adif / Adif-AV, especialmente aquellos calificados como trabajador especialmente sensible, subirá a vehículos de empresas contratistas sin verificar los términos establecidos en la Nota Interna de 26 de enero.

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